Agencia de la Propiedad Inmobiliaria en Ciudad Real con dilatada experiencia en sector donde encontrará la vivienda que necesita. Si no tenemos en cartera el inmueble que busca, se lo localizamos.
viernes, 29 de mayo de 2015
Piso con BAJADA DE PRECIO a 136.000 €. en Ciudad Real.
Una buena OPORTUNIDAD de adquirir un BUEN PISO a un BUEN PRECIO.
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miércoles, 20 de mayo de 2015
AUTÉNTICA OPORTUNIDAD....
Imposible dar MAS... por MENOS..., precio REBAJADO a 65.000 €.,
OPORTUNIDAD
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viernes, 15 de mayo de 2015
Piso económico de 4 Dormitorios en Ciudad Real
En Ciudad Real, céntrico, amplio y económico piso de 4 dormitorios.
Pulse sobre el enlace de la parte inferior para acceder a las características del inmueble.
jueves, 14 de mayo de 2015
Unifamiliar en Ciudad Real a precio de oportunidad
Unifamiliar bien ubicada en Ciudad Real, ahora a un precio rebajado considerablemente.
Si busca un inmueble de estas características TIENE QUE VISITARLO.
Siga el enlace para ampliar información y mejor contacte con nosotros.
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jueves, 7 de mayo de 2015
Excelente unifamiliar a un precio de oportunidad
Oportunidad de adquirir una buena unifamiliar a un precio muy rebajado. Podemos mostrársela para que valore su estado, las comodidades que ofrece, la cercanía al centro, a comercios y servicios. Pulse el siguiente enlace para ver características.
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miércoles, 6 de mayo de 2015
Los alquileres no se actualizarán si no consta expresamente en el contrato
Desde el pasado 1 de abril, la Ley 2/2015 de desindexación de la economía española obliga a los caseros e inquilinos que deseen revisar su renta a plasmar dicha intención por escrito en el contrato, para aquellos arrendamientos suscritos después del 1 de abril de 2015.
Además, si no se especifica la referencia para aplicar la revisión del precio, el nuevo Índice de Garantía de Competitividad (IGC) sustituye al habitual IPC.
La LAU de 1964 por la que se regían los contratos firmados con anterioridad a 1995 pecaba, según los entendidos, de una protección excesiva hacia el arrendatario, pues ni siquiera contemplaba la actualización de las rentas entre sus disposiciones. Estos contratos, denominados popularmente de renta antigua, vieron la posibilidad de modificar sus importes (actualizarlos) al entrar en vigor la LAU de 1994.
Desde esa fecha, el marcador de referencia que se aplicaba de forma automática para actualizar las rentas de las viviendas era el Índice de Precios de Consumo (IPC). Pero a partir de ahora, con la modificación del artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, no sólo dejará de ser la referencia predeterminada, sino que también, si no se declara de forma expresa en el contrato la intención de revisar anualmente el importe de las mensualidades, dicha actualización no se llevará a cabo.
De esta manera, la nueva norma contempla hasta un total de tres supuestos diferentes en cuanto a la revisión de las rentas:
- Por un lado, existe la posibilidad de que inquilino y casero no incluyan en el contrato una cláusula que obligue a la actualización. En este caso, no se revisará la renta.
- Por otro lado, si finalmente optan por revisar las mensualidades e incluyen dicha cláusula en el contrato pero no definen en el documento el mecanismo a utilizar, la ley prevé que sea la variación anual del nuevo Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que toma como base el IPC de la Eurozona.
- También se contempla la opción de que sean el arrendador y el arrendatario quienes acuerden libremente la fórmula a utilizar, pudiendo así emplear la variación del Producto Interior Bruto (PIB), el Índice de Precios de Vivienda (IPV) o, incluso, el mismo IPC específico sobre alquileres.
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