Un okupa es una
persona que se instala en un inmueble deshabitado sin tener un derecho legal
para ello. Este movimiento llegó a España a finales de los años setenta y desde
entonces ha tenido una solución jurídica insuficiente.
En los últimos años se ha incrementado notablemente
la cifra de usurpaciones y aunque la propiedad privada
debería estar mucho más defendida, los largos procesos judiciales en caso de
usurpación siguen situando a los propietarios afectados en una posición de
inferioridad.
Si bien el Código Penal recoge dos artículos sobre la usurpación
(245 y 246), en los que se imponen penas de tres a seis meses en caso de que se okupe una
vivienda sin violencia (un delito leve) y de uno a dos años cuando se produce
violencia o intimidación; el artículo 18 de la Constitución ampara como derecho
fundamental la inviolabilidad del domicilio,
por lo que no pude hacerse ninguna entrada o registro en un inmueble sin
consentimiento del titular o resolución judicial. Además, tal y como lo recoge la
Constitución, prevalece este derecho citado como fundamental sobre el derecho
a la propiedad privada.
Es por esto que es muy importante actuar lo más pronto posible
si una vivienda ha sido okupada, pues antes de
48 horas podrían intervenir las fuerzas de seguridad, siendo un caso de “delito
fragante” (si no han cambiado la cerradura).
Además, con la reforma del Código Penal en 2015, el tiempo de
prescripción del delito pasó de cinco a un año, lo que hace más complicado que
un okupa entre
en la cárcel, teniendo en cuenta la saturación y el retraso de los juzgados.
En definitiva, los procedimientos legales en España no aseguran
una actuación judicial rápida y segura. La ocupación ilegal es un problema cada
vez más grave en nuestro país que está pendiente de ser resuelto.